Los siguientes son términos que pueden ser de ayuda para comprender el proceso de la Sección 16 y trabajar con la solicitud de la Sección 16. La aplicación de la Sección 16 facilita la presentación de los Formularios 3, 4, 5 de la Sección 16 y sus versiones modificadas. Los Formularios y Bibliotecas te permiten reutilizar muchos tipos de información para agilizar tu proceso de presentación y mejorar tu precisión y coherencia.
Sección 16 Términos
| Término | Definición | Notas |
|---|---|---|
| Sección 16 | La Sección 16 hace referencia a una sección de la Ley del Mercado de Valores de 1934. Esto requiere la notificación de la titularidad real por parte de los Agentes, Directores o Accionistas que posean (directa o indirectamente) una participación superior al 10% de las acciones ordinarias u otro tipo de valores de una empresa. | Entre los usuarios se incluyen: empresas que han salido a bolsa recientemente; empresas que ya son públicas y son nuevas en la aplicación de la Sección 16; empresas privadas que cotizan en bolsa. |
| Emisor | La empresa que emite los valores. | Lo más habitual es que la empresa utilice la aplicación de la Sección 16. También puede ser un tercero. |
| Dueño de reportes | La persona que recibe los valores desde el Emisor. | Los Propietarios de informes pueden ser un director, agente, 10% propietario u otros (como un directivo o director interino). |
| Valor | Participación financiera en una empresa que representa un valor monetario. | Los valores más comunes incluyen unidades de acciones restringidas, unidades de acciones de rendimiento, acciones ordinarias, acciones preferentes y opciones sobre acciones. |
| Valores derivados | Valores cuyo valor se deriva de un valor subyacente. |
Ejemplo: las unidades de acciones restringidas obtienen su valor de las acciones ordinarias. Estos valores van en la Tabla 2 del Formulario. |
| Valores no derivados: | Valores cuyo valor no se deriva de otro valor. |
Un activo financiero negociable. Ejemplo: acciones ordinarias. Estos valores van en la Tabla 1 del Formulario. |
| Posición | Instantánea de los valores en poder de un propietario notificado. |
Posiciones que incluyen tanto valores derivados como no derivados. |
| Transacción | La compra, venta o reembolso de un valor. |
Transacción es cualquier acción que tenga lugar relacionada con valores, como la concesión de acciones o la venta de valores. |
| Ejercicio | Cuando un valor derivado se convierte o se consolida. |
Lo más habitual es que sea anual. También puede denominarse "adquisición de derechos". |
| Adquirido | Cuando un propietario de informes recibe o se le concede valores. |
También puede adquirirse mediante el devengo o la conversión de un derivado que se convierte en un valor no derivado. |
| Descartar | Un propietario de informes se deshace de los valores. |
También se llama venta o adquisición de derechos. |
| Conceder | Cuando un Emisor entrega valores a un propietario notificado. |
Los tipos de concesiones más habituales son las Unidades de acciones restringidas y las Unidades de acciones de rendimiento. |
| Derechos adquiridos | La fecha más temprana en que pueden venderse o convertirse los valores. |
El devengo suele ser anual. Habrá un calendario de adquisición de derechos establecido por el Emisor. |
| Directo | El valor está en poder o es propiedad exclusiva del propietario notificado. |
Directo es el estado de propiedad más común. |
| Indirecto | El valor está en manos de un tercero, pero el propietario declarante debe informar de él porque existe la "posibilidad" de que se beneficie indirectamente de las transacciones del valor. |
Las partes externas pueden incluir un cónyuge, un fondo de pensiones, un fideicomiso familiar o un fideicomiso individual. |
Condiciones de aplicación
| Término | Definición | Notas |
|---|---|---|
| Archivadores | Los declarantes se refieren a la persona o personas que Enviarán la información a la SEC. |
La persona que hace el trámite es un empleado de la empresa. Los dos tipos de declarantes son propietarios de informes y emisores. |
| Bibliotecas | La pestaña Bibliotecas contiene toda la información adicional de un formulario. Esto incluye Notas al pie, Valores, Firmas, Documentos de apoyo y Revisores. | En las Bibliotecas se almacena toda la información y se puede acceder a ella para utilizarla en los formularios adecuados. |
| Notas a los estados |
Las Notas al pie contienen información adicional adjunta a los datos dentro de un Formulario de Tramitación. |
Las Notas al pie pueden adjuntarse a casi cualquier campo de una Posición o Transacción. |
| Comentarios |
Las observaciones son información adicional al margen de las notas al pie que puede añadirse al pie de un formulario. |
Las observaciones más comunes se refieren al archivo adjunto de un Anexo 24: Poder notarial a un Formulario. |
| Firmas |
La mayoría de las veces, las Firmas se refieren a la firma del propietario notificado. A veces puede referirse a la firma de un Poder notarial que firma en nombre de un propietario de informes. |
Las Firmas pueden crearse en Bibliotecas y asociarse a un propietario de informes. Las Firmas también se pueden Quitar y Agregar directamente en un Formulario. |
| Documento complementario |
Documento de apoyo se refiere a todo lo que se adjunta al Formulario como prueba o justificación de datos. |
El documento acreditativo más habitual es el Documento 24:Poder notarial. Esto es necesario cuando el apoderado firma por un propietario notificado, normalmente solo se requiere con el Formulario 3. |
| Revisores |
Los revisores se añaden a través de la dirección de correo electrónico para que se les envíen formularios de comentarios u opiniones. |
Añadiendo un revisor, aparecerá en el campo Destinatarios de correo electrónico al enviar un formulario. |