El 2 de diciembre de 2021, la SEC emitió enmiendas para finalizar las reglas provisionales sobre "Divulgación de la Ley de Responsabilidad de Empresas Extranjeras". En esta regla final se incluye el requisito para que los declarantes de SEC iXBRL etiqueten la información del auditor dentro de los informes anuales 10-K, 20-F y 40-F. A continuación se detallan los aspectos más destacados de los nuevos requisitos de etiquetado iXBRL.
Momento
- Efectiva para cualquier informe anual presentado para un período finalizado después del 15 de diciembre de 2021
Tipos de formulario
- Aplicable a 10-K, 20-F y 40-F, así como a sus formas modificadas.
Etiquetado y taxonomía
- Se han agregado elementos a la nueva taxonomía del cuarto trimestre de DEI 2021 para capturar los requisitos de etiquetado en línea. En la presentación deberán concurrir los siguientes hechos:
- Nombre del auditor
- Ubicación del auditor
- ID de la empresa auditora
- Taxonomías US-GAAP y SEC-IFRS
- Los declarantes deberán migrar a una versión actualizada de la taxonomía US-GAAP o SEC-IFRS que incluya la taxonomía DEI 2021 Q4 para poder utilizar estos nuevos elementos.
- Además de los nuevos elementos, la SEC actualizó el EDGAR Filer Manual (EFM) con 6.5.54, que incluye orientación sobre cuándo una dimensión puede ser apropiada para su uso con nuevos elementos del auditor.
Ubicación
- A diferencia de los requisitos de etiquetado de la página de portada con los que muchos declarantes ya están familiarizados, la información del auditor generalmente se encuentra fuera de la página de portada. Tanto la regla final como el EFM han brindado orientación sobre la ubicación del etiquetado:
- Regla final: "Debido a que no estamos adoptando un cambio en los formularios subyacentes, para los registrantes que presentan sus estados financieros utilizando Inline XBRL, las enmiendas finales dejan la ubicación de las etiquetas subyacentes dentro del informe anual en manos del registrante".
- EFM 6.5.54: "Los tres hechos también deben ser visibles en el sentido definido en 5.2.5.14, y deben etiquetarse donde normalmente aparecen, junto a la opinión de los auditores".
- Todos los datos deben ser visibles y no pueden incluirse como parte de una sección no impresa.
- Los declarantes deben trabajar con sus auditores para determinar la ubicación del ID de la firma auditora si no se divulga actualmente.
Para obtener información sobre las mejores prácticas de etiquetado, consulte esta publicación de la comunidad: Guía y mejores prácticas de etiquetado de información de auditoría de iXBRL